DEMOCRACIA
¿Qué es el Gobierno Escolar en Colombia?
Conozca más sobre este órgano electoral de las instituciones educativas, sus fines y cómo están trabajando en el país para optimizar la participación estudiantil.
De acuerdo con el Ministerio de Educación, el Gobierno Escolar es una forma de preparación para la convivencia democrática, por medio de la participación de todos los estamentos de la comunidad educativa en la organización y funcionamiento del Proyecto Educativo Institucional (PEI).
El Gobierno Escolar de toda institución educativa está integrado por el Consejo Directivo, el Rector, el Consejo Académico, las comisiones de Evaluación y Promoción, el Personero Estudiantil, el Consejo Estudiantil, el Comité de Bienestar Institucional, el Consejo Disciplinario, el Consejo de Profesores, la Asociación de Padres de Familia y el Comité de Admisiones.
Cada uno de los anteriores estamentos promueve los valores que identifican al claustro educativo y velan por el cumplimiento de las normas establecidas en el Manual de Convivencia.
En la actualidad, son los personeros estudiantiles quienes están liderando actividades propias de su labor, pues cierto espacios les exigen de alguna forma que sus propuestas se ejecuten tal y como lo planearon en sus respectivas campañas y además, sean puestas en común.
En términos legales
La fundamentación legal del Gobierno Escolar se encuentra en el artículo 68 de la Constitución Política de Colombia de 1991, en el artículo 142 de la Ley 115 del 08 de febrero de 1994 y en su Decreto reglamentario 1860 del 3 de agosto de 1994.
Los fines del Gobierno Escolar, además de tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución y que no sean competencia de otra autoridad son:
- Promover en los estudiantes la formación de valores éticos, estéticos, morales, ciudadanos y religiosos, para que puedan participar activamente en el desarrollo socioeconómico del país, comenzando en el hogar con el acompañamiento de la comunidad escolar.
- Contribuir a la formación de los estudiantes para que asuman desde ahora con responsabilidad y autonomía sus deberes y derechos dentro de la sociedad.
- Fomentar el desarrollo de habilidades, tales como: La capacidad para la toma de decisiones, el trabajo en equipo y la solución de conflictos.
- Asumir responsabilidades en la planeación y realización de actividades cívicas, de solidaridad con la comunidad, así como campañas de interés comunitario para vivenciar valores.
- Propiciar en los estudiantes el conocimiento y análisis de la problemática estudiantil para proponer alternativas de solución.
Generar espacios de comunicación entre iguales, para aprender a interactuar y a decidir en grupo.
‘Yo decido’: el poder de votar desde la escuela
‘No hace falta tener 18 años para ejercer la ciudadanía’. Este es el mensaje que, durante el mes de febrero, estudiantes de colegios oficiales y privados de Bogotá llevan a la práctica a través de la elección personeros, contralores, cabildantes estudiantiles y representantes al Sistema Distrital de Participación.
Son las elecciones del Gobierno Escolar, ejercicio democrático en el que niñas, niños y jóvenes en edad escolar, junto a los padres de familia y los docentes, llevan a la práctica su derecho constitucional de ‘elegir y ser elegidos’ y de participar con ‘voz y voto’ en las decisiones trascendentales para su colegio y para su comunidad.
La Secretaría de Educación de Bogotá destacó que la escuela es el escenario por excelencia para promover valores democráticos y ciudadanos y para fortalecer la participación de las niñas, niños y jóvenes en la construcción de ciudad.
“La conformación del gobierno escolar es un espacio real de participación en donde no solo los estudiantes, sino también los padres de familia y los mismos docentes, aprenden la dinámica de una sociedad democrática, se forman en valores cívicos y ciudadanos e interiorizan la ética y el cuidado de lo público”, enfatizó la secretaria de Educación, María Victoria Angulo.
Por eso, desde los primeros años y a lo largo de la trayectoria escolar, Bogotá fomenta el desarrollo de competencias socioemocionales de los estudiantes, el fortalecimiento de la participación, la cultura ciudadana, la convivencia y el mejoramiento del clima escolar y de los entornos escolares.
En nuestro colegio elegiremos:
jefe de grupo
delegado academico
delegado de convivencia
delegado de aseo
delegado de brigada
delegado deportivo
Personero y Contralor estudiantil
El representante de los estudiantes es un alumno del último grado que ofrece la Institución, o sea del grado 11, elegido por el consejo de estudiantes
REQUISITOS
El representante y el personero de los estudiantes debe haber cursado siquiera dos años en la Institución.
Durante los dos años debe haberse destacado por su excelente comportamiento, buen rendimiento escolar y cumplimiento de las normas establecidas en el presente manual.
Demostrar liderazgo positivo y vocación de servicio a la comunidad
No pertenecer a ningún otro comité del gobierno escolar.
MECANISMOS DE ELECCION.
El consejo estudiantil elegirá el representante mediante una terna propuesta por los estudiantes del grado once en reunión y como evidencia se levantará un acta.
FUNCIONES DEL REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES.
Coordinar con el personero estrategias y gestiones a desarrollar en beneficio de los estudiantes.
Representar a los estudiantes ante el Consejo Directivo
Presentar iniciativas para beneficio de los compañeros y la Institución con los diferentes aspectos de la vida comunitaria.
Desarrollar actividades para fomentar la práctica de los valores humanos y sociales con el fin de buscar participación responsable, justa democrática de los compañeros en la vida y gobierno escolar
Reunir el consejo estudiantil cuando se presente un motivo especial.
Desarrollar actividades para fomentar la práctica de los valores humanos y sociales con el fin de buscar participación responsable justa y democrática de los compañeros en la vida.
Presentar iniciativas de divulgación y cumplimiento del manual de convivencia.
Respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la comunidad educativa.
Rendir informes a sus compañeros sobre los acuerdos del Consejo Directivo.
DEL CONSEJO ELECTORAL
Es el órgano principal que tiene la responsabilidad de aplicar las normas necesarias en la aplicación de las elecciones en forma transparente.
ORGANIZACIÓN:
Será conformado por el Rector, los profesores del área de sociales y el presidente del consejo estudiantil.
FUNCIONES DEL CONSEJO ELECTORAL
Organizar las elecciones.
Programar las actividades de elección de los representantes.
Dar a conocer las instrucciones, procesos de escrutinios y los días de votación.
Nombrar un integrante como el registrador y hacer su propio reglamento interno.
Promover los mecanismos que se van a utilizar con la votación y el escrutinio.
El proceso de elección seguirá las siguientes instrucciones:
Instalación, duración de las elecciones- proceso de votación –cierre de votación conteo inicial y por ultimo escrutinio.
El consejo anulara las elecciones cuando descubra fraude o saboteo como también deslealtad y deshonestidad.
PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES
El Personero de los estudiantes será un alumno del grado 11 y será elegido dentro de los 30 días calendario siguiente a la iniciación de clases para un periodo lectivo anual, por mayoría mediante el sistema de elección popular por voto secreto.
Todo el proceso de motivación, ambientación y elección estará a cargo del consejo electoral.
MECANISMOS DE ELECCIÓN:
Se establecerá una registraduría con participación de alumnos y docentes.
El alumno se candidatizará a voluntad propia o lo hará un grupo de estudiantes que le preste apoyo decidido.
Una vez hechas las postulaciones los candidatos someterán a consideración del consejo electoral su hoja de vida, quien hará un análisis del estudiante.
Cada candidato que responda al perfil definido para personero puede presentar ante el alumnado su hoja de vida y sus planes y proyectos a realizar.
REQUISITOS:
El Rector quien convoca a todos los estudiantes del plantel y el área de sociales
se encargarán de hacer las elecciones y procurar que sea una jornada democrática, participativa y lo mas ajustada a la realidad de nuestras elecciones.
El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es incompatible con el de representante de los estudiantes.
Conocer la historia y la filosofía de la institución.
Demostrar que conoce y se identifica con el Manual de convivencia.
Tener un comportamiento y una hoja de vida académica y disciplina intachable.
Los candidatos que cometan faltas graves se les hará la revocatoria de su candidatura o mandato.
Presentar al consejo electoral su hoja de vida y un proyecto de trabajo para él Año lectivo.
No ocupar otros cargos simultáneamente como monitor de curso o de otra área de disciplina o representante.
FUNCIONES DEL PERSONERO
Promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes, consagrados en la constitución, las leyes, código los reglamentos y el manual de Convivencia.
Promover el cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes como miembros de la comunidad educativa, para lo cual puede utilizar los medios de Comunicación; organizar foros y otras formas de liberación, reclamos, colaboración al consejo de estudiantes.
Recibir y evaluar las quejas de los estudiantes sobre lecciones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el cumplimiento dela Obligaciones, deberes compromisos y recomendaciones de los alumnos.
Presentar ante el Rector las solicitudes que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y faciliten el cumplimiento de los deberes.
Desarrollar actividades para fomentar la práctica de los valores humanos y sociales con el fin de buscar participación responsable.
Apelar ante el consejo directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del Rector, respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.
Liderar el desarrollo de cada propósito contenido en el manual de convivencia.
Respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la comunidad educativa.
Contribuir de manera especial al mejoramiento de su entorno natural y de convivencia pacífica, fomentando el diálogo, el entendimiento, la justicia, la integración y la tolerancia entre las personas que conforman la comunidad educativa.
Velar constantemente por el bienestar y la salud de la comunidad educativa.
Crear conciencia por el buen uso, mantenimiento y utilización de los elementos existentes en la institución
Velar por la conservación del medio ambiente y promover campañas para el mejoramiento de este.
Como líder activo participar en las actividades relacionadas con la institución y la comunidad.
Promulgar el sentido de pertenencia en pro de la institución.
FUNCIONES DEL CONTRALOR ESTUDIANTIL
Contribuir en la creación de una cultura del control social, del cuidado. Buen uso y manejo de los recursos y bienes de su institución, a través de actividades formativas y/o lúdicas, con el apoyo de la institución y de la Contraloría Departamental.
Promover los derechos ciudadanos relacionados con los principios de participación ciudadana y el ejercicio del control social en su institución con el apoyo de la Contraloría departamental.
Velar por el mejoramiento de la calidad educativa.
Promover La enseñanza, educación y el respeto por los derechos humanos dentro y fuera de la institución educativa.
Presentar en la institución educativa y fuera de ella un medio ambiente sano y libre de contaminación, así como la preservación de los recursos naturales.
Presentar ala Contraloría Departamental las denuncias relacionadas con las presuntas irregularidades detectadas, con relación al uso de los recursos y bienes de la institución educativa a la que pertenecen.
Solicitar las actas de Consejo Directivo, para poder hacer seguimiento a las decisiones que se tomen sobre el uso de los bienes y recursos de la institución.
Convocar trimestralmente y presidir las reuniones del comité Estudiantil de Control Social.
Presentar una rendición de cuentas semestralmente, sobre sus actuaciones en el ejercicio de sus funciones.
Las demás que sean asignadas por la Contraloría departamental.
Respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la comunidad educativa.